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Federación Canarias  Deportes Aéreos
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Avisos

Accidentes ocasionados por el incumplimiento de la normativa aplicable al vuelo en parapente.

COMUNICADO A LOS FEDERADOS – Cumplimiento de la normativa en vuelo libre

Estimados pilotos:

El Equipo Pegaso de la Guardia Civil (Comandancia de S/C de Tenerife) nos ha trasladado su preocupación por los accidentes recientes en zonas urbanas del sur de Tenerife, algunos durante vuelos biplaza profesionales con pasajeros. Estos accidentes han causado lesiones y daños en edificios privados, y los afectados han presentado denuncias penales.

Os recordamos que, aunque parapentes, alas delta y paramotores no se consideran ultraligeros, sí les son de aplicación los requisitos operativos del artículo 4 del Real Decreto 765/2022 (salvo la obligación de usar infraestructuras aeronáuticas):

  • Uso obligatorio de arnés y casco.
  • Altitud máxima de 3.000 m (10.000 ft); entre 3.000 y 4.000 m, menos de 30 minutos en todo el vuelo.
  • Prohibido volar en espacio aéreo controlado, restringido o prohibido, sobre zonas peligrosas activadas, sobre zonas urbanas y sobre aglomeraciones de personas.
  • Vuelo solo en VFR diurno y condiciones VMC, quedando prohibido volar con turbulencia o en condiciones marginales.

La Guardia Civil ya ha sancionado administrativamente a varios pilotos y va a intensificar la vigilancia en las zonas habituales de vuelo, denunciando las infracciones que detecte, sin perjuicio de las posibles actuaciones penales.

Os pedimos la máxima responsabilidad: la seguridad de pilotos, pasajeros y personas en tierra, y la continuidad de nuestras zonas de vuelo, depende de todos.

Un saludo,
Federación Canaria de Deportes Aéreos (FECDA)

 
 
Autorización de toma de parapente en Las Canteras — septiembre-octubre 2026
Autorización a FECDA de la ocupación temporal de la vía pública para tomas de vuelo de parapente y ala delta en la explanada de la trasera del Auditorio Alfredo Kraus (Las Canteras):
 
Septiembre 2026 (Decreto nº 28410/2026, de 12/08/2026): del 1 al 30 de septiembre de 2026.
 
Octubre 2026 (Decreto nº 33097/2026, de 23/09/2026): del 1 al 31 de octubre de 2026.
 
Horario: de 11:00 hasta el ocaso.
 
La autorización queda condicionada a la posible celebración de otros eventos en el espacio. Los participantes deberán llevar en todo momento copia de esta autorización, contar con la acreditación federativa suficiente y disponer de seguro de responsabilidad civil.

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