Licencias Federativas
Con la entrada en vigor de la "Ley 15/2014, de 16 de septiembre, de racionalización del Sector Público y otras medidas de reforma administrativa", para la participación en cualquier competición deportiva oficial, además del cumplimiento de los requisitos específicos que se exijan en cada caso, de acuerdo con el marco competencial vigente, será preciso estar en posesión de una licencia deportiva autonómica, que será expedida por las federaciones deportivas de ámbito autonómico que estén integradas en la correspondiente federación estatal, según las condiciones y requisitos que se establecerán reglamentariamente.
La licencia producirá efectos en los ámbitos estatal y autonómico, desde el momento en que se inscriba en el registro de la federación deportiva autonómica.
La validez de la licencia se extiende desde su emisión, hasta el 31 de diciembre de 2026.
Ante la problemática de la póliza de seguro deportivo para VUELO, y tras la correspondiente deliberación en reunión de la Junta de Gobierno de esta Federación Canaria, se propone para la temporada 2026 la emisión exclusiva de las siguientes licencias:
1. Licencia TIERRA – Aeromodelismo.
2. Licencia TIERRA – Técnico, válida para competiciones y actividades de TIERRA organizadas por la FECDA.
Los deportistas que traten de obtener una licencia deportiva podrán ser sometidos, con carácter previo a su concesión, a un control de dopaje, con el fin de determinar el cumplimiento de los requisitos establecidos en esta normativa.
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